El recibo del IBI de una vivienda de tipo medio en Madrid pasará de 405,89 euros a 706,57 entre 2011 y 2021, según los cálculos de la Dirección General del Catastro.. Esta subida entrará en vigor el próximo año, primero de los diez en que se aplicará una subida del 5,7 por ciento anual.
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este jueves, en la primera Junta de Gobierno de la legislatura, la Ponencia de Valores elaborada por la Dirección General del Catastro. El famoso 'catastrazo', criticado por Alberto Ruiz-Gallardón a pesar de que ha sido el Ayuntamiento el que lo ha solicitado, obligado por un real decreto, supondrá un incremento del valor de cada vivienda de un 74 por ciento con respecto al que tenía en 2001.
El Ministerio de Hacienda justifica esta revisión en el Real Decreto 1/2004, de 5 de marzo, en el que se obliga a
los municipios a solicitar al Ministerio de Economía esta revisión cada diez años. Según se indica desde el ministerio, esta vez el alza de los precios de la vivienda ha sido menor que hace una década por la crisis económica. Hace diez años, el aumento fue del 129 por ciento.
La nueva valoración catastral afectará directamente al Impuesto de Bienes Inmuebles de las 2,08 millones de unidades inmobiliarias de la capital (1,46 millones de ellas residenciales). Según el Consistorio, el efecto será que el actual recibo
de la contribución urbana aumentará anualmente un 5,7 por ciento durante los próximos diez años, lo que supondrá de hecho aplicar directamente sobre el recibo esa subida del 74 por ciento
Ello será posible gracias a que el Gobierno municipal no reducirá el tipo impositivo que viene aplicando (0,581 por ciento) a la hora de calcular este impuesto. Según la Dirección del Catastro, el valor catastral de una vivienda de tipo medio en la capital es actualmente de 69.861 euros. La aplicación del actual tipo impositivo, incrementado un 5,7 por ciento anual, supondrá que el propietario de esa vivienda de tipo medio pasará de pagar, en concepto de IBI, de
405,89 euros en 2011 a 706,57 euros en 2021.
Congelación de tipos
Según explicó a
Madridiario Rosa Ana Navarro, gerente de la Agencia Tributaria Municipal de Madrid, no está previsto aumentar el tipo impositivo del IBI, al menos en 2012, año en que el Ayuntamiento ha garantizado la
congelación de tipos por tercer ejercicio consecutivo. Los impuestos no subirán, al menos,
según prometió el alcalde, hasta que Madrid tenga un crecimiento económico del 3 por ciento.
Tampoco el Ayuntamiento tiene previsto reducir el tipo que aplica ni, como hiciera hasta 2003 José María Álvarez del Manzano,
establecer bonificaciones para reducir el pago de los ciudadanos. Y es que, según Navarro, el Consistorio solicitó al Gobierno, a través de la Ley de Capitalidad, la facultad de establecer bonificaciones potestativas en función de la capacidad económica, la zona urbana y las situaciones particulares de los vecinos pero las reformas estatales sobre este aspecto nunca llegaron. Mientras tanto, denuncia la responsable de la Agencia Tributaria de Madrid, el Gobierno municipal debe asumir la pérdida de
94,12 millones de euros por la exención del pago del IBI que poseen 10.400 inmuebles, entre los que se encuentran las embajadas, algunos edificios oficiales y otros de valor histórico-artístico.
La tasa de basuras
La revisión
incidirá en el pago de la tasa de basuras en los casos en los que la revisión catastral revalorice por encima o por debajo de la media las viviendas. de manera porque se adaptará a los tramos de valor catastral. Según Navarro, el Gobierno municipal no pretende aumentar su recaudación pero tampoco dar más exenciones de las que ahora existen.
El próximo día 5 de julio, los contribuyentes empezarán a recibir las cartas en las que el Catastro informará acerca del
nuevo procedimiento de notificación electrónica de valores catastrales. Mediante la clave comunicada en estas cartas, el contribuyente podrá conocer vía Internet el valor asignado de sus inmuebles y darse formalmente por notificado. De esta forma se producirá un ahorro económico de trámites y tiempo para el contribuyente y la propia Administración.