Madrid

Trinidad Rollán recurre su condena ante el Supremo

MDO/E.P. | Lunes 24 de enero de 2011
La ex diputada regional Esperanza Rozas y la secretaria de Organización del PSM, Trinidad Rollán, han presentado ante el Tribunal Supremo sendos recursos de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que les condenó por un delito de prevaricación cometido cuando formaban parte de la Corporación local de Torrejón de Ardoz por votar en 2001 a favor de un acuerdo urbanístico a pesar de un informe que advertía de su ilegalidad.

Rozas y Rollán fundamentan su escrito de impugnación en la vulneración de varios derechos fundamentales, como a la presunción de inocencia, el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa y la vulneración de la tutela judicial efectiva.

Por un lado, el abogado de Rozas, Wilfredo Jurado, considera que la sentencia vulnera de forma "flagrante y manifiesta" el artículo 404 Código Penal ya que contiene un hecho probado cuya consideración hubiera determinado la inaplicación de la prevaricación en alusión a un informe de la abogada de Urbanismo que era favorable al acuerdo.

Además, motiva su recurso en la negativa del tribunal a aceptar una prueba que Jurado solicitó en el momento procesal oportuno. Se trataba de la incorporación de diversas pruebas documentales, entre las que destacaba la citación del catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid, Francisco Javier Jiménez de Cisneros, que versa sobre la conformidad a derecho del Convenio urbanístico celebrado entre el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y la mercantil "Patrimonio Siglo XXI, SA".

"Dichas pruebas fueron denegadas expresamente por el Instructor como diligencias complementarias, fueron nuevamente reproducidas en el escrito de defensa con idéntico resultado y nuevamente instadas al comienzo de las sesiones del juicio oral y también fueron denegadas", critica el letrado.

Por su parte, el recurso de Trinidad Rollán, que fue condenada a ocho años de inhabilitación especial, se sustenta en una argumentación idéntica, basándose el abogado Antonio González Úbeda en la vulneración de diversos derechos fundamentales.

Destaca en su impugnación ante el Alto Tribunal que se ha vulnerado la presunción de inocencia de su clienta al "no existir actividad probatoria válida y mínima de cargo, en que fundamentar el fallo condenatorio".

Entre otros aspectos, el letrado se refiere a quebrantamiento de forma, al haberse denegado diligencias de prueba propuestas en tiempo y forma y que fueran pertinentes en referencia a la pericial del catedrático Jiménez de Cisneros.

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