Madrid

Galapagar prohíbe el velo integral

La medida será efectiva en septiembre en espacios municipales

MDO/Agencias | Lunes 26 de julio de 2010
El Pleno de Galapagar ha aprobado este lunes la moción presentada por el PP del municipio para prohibir el uso del burka, niqab o cualquier tipo de prenda que impida identificar a las personas, en las instalaciones y edificios municipales.

La moción ha sido aprobada con los votos favorables del PP, dos abstenciones de los socios del Gobierno del PP -Plataforma de Vecinos de Galapagar- y tres votos en contra -uno de IU, otro del Foro Verde y otro de una concejal no adscrita-. El municipio se convierte así en el primero de la Comunidad de Madrid en prohibir estas prendas en sus centros públicos.

La oposición ha coincidido en pedir la retirada de la moción antes de proceder a su votación. Los socialistas llegaron incluso a abandonar el Pleno como protesta por la ausencia de un concejal popular.

El alcalde, Daniel Pérez, ha detallado que la prohibición del uso del velo integral o de cualquier prenda que cubra el rostro tendrá validez en septiembre, cuando entre en vigor el reglamento de uso de las instalaciones municipales. En la moción, el PP instaba al Gobierno municipal "a prohibir en edificios e instalaciones municipales el uso de velos integrales (burka o niqab), así como cualesquiera otros atuendos que oculten el rostro y dificulten la identificación de la persona por tratarse de una discriminación que no está amparada por la libertad religiosa al ser contraria a la dignidad de las personas".

Según se desprende de la moción presentada, el PP "insta al Gobierno municipal a prohibir en edificios e instalaciones municipales el uso de velos integrales (burka o niqab), así como otros atuendos que oculten el rostro y dificulten la identificación de la persona por tratarse de una discriminación que no está amparada por la libertad religiosa al ser contraria a la dignidad de las personas".

Valores superiores
En este sentido, el portavoz del Grupo Municipal Popular de Galapagar, Pedro Hernández Ramos, apuntó que "la obligación constitucional del Estado de proteger las creencias religiosas y su expresión pública está sujeta al respeto de los valores superiores del ordenamiento constitucional, que delimitan el orden público de una sociedad democrática".

"La supuesta expresión pública de creencias que, como sucede con el velo integral, sea atentatoria contra la igualdad de la mujer y su dignidad como persona no puede ser amparada por la tutela que ofrece el artículo 16 de la Constitución", indicó Hernández, que señaló que el uso del velo integral "es una práctica que, con la excusa de las creencias, contradice abruptamente la dignidad de la mujer".

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