También se amplía el plazo para endeudarse
MDO/Agencias | Martes 25 de mayo de 2010
La Ejecutiva de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha acordado este martes, por unanimidad, una rebaja del sueldo de los alcaldes y cargos electos en función de la retribución que reciben y en sintonía con el decreto del Gobierno que sitúa esta reducción entre el 0,25 por ciento y el 15 por ciento.
En rueda de prensa, el presidente de la FEMP, Pedro Castro, ha informado de que los alcaldes con sueldos similares al presidente del Gobierno, experimentarían una rebaja salarial del 15 por ciento; la reducción en sueldos equivalentes a secretarios de Estado, sería del 10 por ciento y así sucesivamente hasta la rebaja mínima del 0,25 por ciento.
La FEMP se ha reunido este martes para estudiar esta rebaja en el salario además de analizar el decreto ley por el que se adoptan medidas extraordinarias para reducir el déficit público y que prohíbe a los ayuntamientos recurrir al crédito a largo plazo entre el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de ese año.
Inicialmente, el decreto decía que los ayuntamientos no podrían endeudarse desde este martes ni durante el 2011. Finalmente, el Gobierno ha rectificado y ha retrasado siete meses el recorte. Así, los ayuntamientos no podrán endeudarse a largo plazo, según establece el Real Decreto Ley de medidas antidéficit. Sin embargo, la norma no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2011, tras una corrección del BOE, y permanecerá hasta el 31 de diciembre de 2011
Corrección del BOE
El Boletín Oficial del estado (BOE) publica este martes la corrección de una serie de errores -la mayoría de carácter técnico- en el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.
El texto publicado este lunes señalaba que a partir de su entrada en vigor y hasta el 31 de diciembre de 2011, "las entidades locales y sus entidades dependientes clasificadas en el sector Administraciones Públicas no podrán acudir al crédito público o privado a largo plazo".
La norma establece los destinos preferentes que deberán tener los ahorros de las entidades locales derivados de la reducción de gastos de personal en 2010 y 2011. Así, como primera referencia, el Gobierno señala que los ayuntamientos deberán dedicar estos ahorros a sanear sus remanentes negativos y, en segundo término, a reducir su nivel de endeudamiento a largo plazo. En tercer lugar, podrán destinar este dinero a financiar inversiones.
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