Social

El TSJM prohíbe a los Ayuntamientos reclasificar todo el suelo que quieran

Tras una denuncia de Ecologistas en Acción

MDO | Miércoles 05 de mayo de 2010
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado de forma parcial un Decreto aprobado el 10 de julio de 2008 por la Comunidad de Madrid que permitía la reclasificación de suelo sin límite de superficie, mediante un simple acuerdo de los plenos municipales.

En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el Tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción por considerar esta opción contraria a derecho.  La organización valora positivamente la sentencia, pero la considera insuficiente, ya que quería que el decreto se revocase en su totalidad.

El Gobierno regional viene realizando, de forma continuada desde 2004, modificaciones de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Dentro de estas modificaciones en diciembre de 2007 se modificó la Ley del Suelo para permitir que los Ayuntamientos pudieran cambiar la clasificación de suelo sin necesidad de redactar nuevos planes generales. De esa forma con una simple modificación del planeamiento se podría cambiar el suelo protegido por urbanizable. Hasta ese momento esos cambios requerían revisar la totalidad del planeamiento y someterse a un largo proceso y a importantes controles.

"Desde que se aprobó este decreto son decenas los municipios que están tramitando este tipo de modificaciones, algunas de ellas aprobadas definitivamente", señala el grupo ecologista.

En la mayoría de los casos se plantean reclasificaciones de suelo no urbanizable de protección a urbanizable. Algunas de estas modificaciones están también recurridas ante los tribunales como es el caso de Torremocha de Jarama, uno de los municipios que, junto con Canencia o Lozoyuela, más modificaciones puntuales no sustanciales está tramitando.