MDO/Agencias | Martes 19 de enero de 2010
El Defensor del Pueblo advirtió este martes al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, tras estudiar su caso, que la legislación vigente configura el empadronamiento como una "obligación" que afecta a toda persona que viva en España, con "independencia de cualquier otra consideración". La Comunidad, sin embargo, no opina igual y ha avalado la gestión del Padrón del municipio.
El vicepresidente y portavoz del Ejecutivo regional, Ignacio González, quien aseguró este martes que lo que pretende el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz al exigir ciudadanos que se quieran empadronar en el municipio una serie de requisitos es evitar los "domicilios patera" y que está cumpliendo la Ley.
El vicepresidente regional reconoció que ha hablado con el alcalde de Torrejón, Pedro Rollán, e indicó que el procedimiento de empadronamiento de este municipio madrileño es distinto al que plantea Vic. "Lo que ha hecho Torrejón, dentro de las competencias que tiene el Ayuntamiento es que, para empadronar, a efectos de defender los derechos de los inmigrantes, exige que acredite las condiciones de ese domicilio para evitar una cosa que ha sido largamente denunciada como son los domicilios patera", agregó. Además, manifestó que si la legislación no es clara a este respectó, habrá que cambiarla, "pero la ley tiene que ser igual para todos".
El grupo parlamentario socialista en la Asamblea de Madrid, por su parte, condiró "inadmisible que el Gobierno regional justifique que el Ayuntamiento de Torrejón no empadrone a los inmigrantes en situación irregular, ya que dar la razón a esta política es justificar un acto ilegal y xenófobo". También IU criticó la decisión del Ayuntamiento de Torrejón, que consideró una "tropelía" y un "vómito xenófobo" que, además, es algo "ilegal" por contravenir la normativa que regula el empadronamiento en los municipios, que fue aprobada cuando "Mariano Rajoy era Ministro de Administraciones Públicas".
El Defensor del Pueblo avisa
El Defensor del Pueblo ha avisado a Torrejón que la legislación vigente configura el empadronamiento como una obligación que afecta a toda persona que viva en España (artículo 15 de la Ley de Bases de Régimen Local), con independencia de cualquier otra consideración.
De ahí se deriva un deber para los ayuntamientos -que es a quienes la misma norma encomienda el mantenimiento de ese registro administrativo-, que debe cumplirse de acuerdo con lo que establece la legislación del Estado "y sin que quepa condicionar su cumplimiento a la exigencia de requisitos que no se contemplen en esa legislación y que no se deriven directamente de la misma".
Investigación desde julio
El Defensor del Pueblo decidió abrir una investigación de oficio para averiguar si existe alguna irregularidad en la actuación del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz por los requisitos que pide a los inmigrantes cuando solicitan empadronarse en esta localidad madrileña: disponer de suficientes metros cuadrados por persona en la vivienda y que en el pasaporte no conste el visado de turista.
De hecho, ya había abierto un expediente sobre este asunto después de que el grupo municipal de Izquierda Unida (IU) en Torrejón de Ardoz presentara una queja, en julio de 2009. Entonces, se pidió a la coalición de izquierdas que canalizara casos concretos de personas afectadas. En el curso de sus actuaciones anteriores ha podido contrastar que la falta de residencia previa en el municipio de Torrejón de Ardoz es una de las causas más alegadas para denegar la inscripción en el padrón correspondiente, "y la que ha dado lugar a mayores controversias", informó la institución que dirige Enrique Múgica.