MDO/E.P. | Miércoles 14 de octubre de 2009
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado parcialmente el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid de 2005 por financiar inversiones no previstas en la Ley del Suelo. El Ayuntamiento recurre y dice que la medida no tendrá consecuencias prácticas.
Es el caso del anillo de la Ciudad Deportiva del Real Madrid, la finalización del polideportivo Gallur, la remodelación de los intercambiadores de plaza Elíptica y Conde de Casal así como diversas actuaciones en la M-30.
La sentencia da respuesta al recurso interpuesto en 2005 por el PSOE después de la aprobación de las cuentas municipales en un Pleno celebrado el 23 de diciembre de 2004. Alegaban la "utilización indebida de ingresos procedentes de la enajenación del patrimonio municipal de suelo para financiar inversiones no previstas ni autorizadas por el artículo 176 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid ni por los artículos 276 y 280 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen de Suelo y Ordenación Urbana".
Protección del patrimonio
El artículo 176 de la Ley del Suelo establece que los bienes de los patrimonios públicos de suelo se podrán destinar únicamente a fines como la construcción, rehabilitación o mejora de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública; a la conservación y mejora del medio ambiente o a la protección del patrimonio histórico-artístico; a las actuaciones públicas para la obtención de terrenos y ejecución de redes de infraestructuras, equipamientos y servicios públicos; para actuaciones de interés social y para la conservación y ampliación de los patrimonios públicos de suelo.
La sentencia señala sobre los gastos del Ayuntamiento para financiar con cargo a la enajenación de bienes integrados en el patrimonio municipal de suelo que "si bien la mayoría de ellos están permitidos por el artículo 176 de la Ley del Suelo", existen otros que no pueden sufragarse con cargo a dicho patrimonio municipal.
Reformas ya existentes
Ello se debe a que son "meras reformas o reparaciones de servicios ya existentes" o porque "no están suficientemente identificados para poder ser incluidos en algunos de los gastos previstos". Por todo eso el TSJM estima parcialmente el recurso presentado por el PSOE sobre el presupuesto de 2005 al "no estar permitidos legalmente todos los gastos de inversión" enumerados", casi 50.
De este modo, el Tribunal establece que sólo los gastos expresamente citados han de ser suprimidos de la financiación con cargo al patrimonio municipal de suelo. El Gobierno municipal adelanta que recurrirá la sentencia.
Sin consecuencias
La coordinadora general de Hacienda en el Ayuntamiento de Madrid, Mireya Corredor, adelantó que el Gobierno municipal recurrirá porque "no se ajusta a la realidad" la anulación parcial del presupuesto, a lo que añadió que esta decisión "no tendrá consecuencias prácticas".
Corredor explicó que el juez ha considerado que algunas inversiones incluidas en el presupuesto de 2005 no tienen cabida de acuerdo con la actual Ley del Suelo. Según la coordinadora general de Hacienda, el juez del TSJM se pudo dejar llevar por "una denominación desafortunada de las inversiones" recogidas en el presupuesto de 2005, una "confusión" que no implica que las inversiones no estén amparadas por el artículo 176 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid al no ser obras de escasa consideración, como podría desprenderse de una primera lectura del listado de proyectos sin ahondar en la memoria adjunta, donde se explican con más detalle. Corredor aseveró que esas inversiones son realmente proyectos integrales.
Sin defectos
Desde el Consistorio sostienen que aunque la anulación de este grupo de inversiones de 2005, por un valor de 77 millones, fuera correcta en ningún momento tendría consecuencias prácticas ya que la cuantía está por debajo de la diferencia entre los 546 millones invertidos y los 468 millones que se cubrían con cargo a la venta de patrimonio municipal de suelo.
Corredor recordó que la Intervención Municipal informó favorablemente del presupuesto del año 2005, no como ocurrió con el de 2002, firmado por el equipo de José María Álvarez del Manzano. Entonces alertó de un incumplimiento de la Ley del Suelo. También apuntó que en el presupuesto de 2005 la Cámara de Cuentas tampoco encontró defecto alguno.