Madrid

La Comunidad deberá pagar 23.000 euros por incumplir un convenio

MDO/E.P. | Martes 02 de diciembre de 2008
El Juzgado de lo Social número 5 de Madrid ha dado la razón a la Federación de Servicios Públicos (FSP) de la UGT de Madrid y ha condenado a la Comunidad de Madrid a cumplir con las obligaciones acordadas en el convenio colectivo y en el acuerdo de funcionarios, por lo que deberá pagar al sindicato más de 23.400 euros más el interés legal desde el 1 de enero de 2008, informó este martes UGT.

Esta subvención se ha venido abonando a los sindicatos de mayor representación en la Comunidad de Madrid, en los años 2004, 2005 y 2006, hasta que la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, "decide suspenderla unilateralmente en 2007, como acción concreta de su obsesiva y radical política de represión, contra toda organización que se oponga o dificulte sus objetivos".

Ante esta sentencia, recurrible en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la FSP-UGT de Madrid espera que el Gobierno regional "reflexione, abandone su obsesión y radicalidad política", y no proceda con el recurso que, según UGT, "no parece probable que pueda prosperar".

Por otra parte, la FSP-UGT de Madrid recomendó a Aguirre que "saque las manos" del derecho fundamental a la libertad sindical y recordó que el Tribunal Constitucional, en sentencias de fecha 21 de julio y 27 de octubre de 2008, insiste en que la libertad sindical, así como el desarrollo de la actividad inherente a la actuación para defender y representar a los trabajadores, necesitan de "garantías frente a todo acto de injerencia, impeditivo u obstativo del ejercicio de esa libertad", lo que denomina garantía de indemnidad.

En este sentido, la FSP-UGT de Madrid advirtió a la presidenta regional que los delegados y liberados sindicales "forman parte de uno de los núcleos integradores, que hacen efectivo el derecho fundamental a la libertad sindical de los trabajadores en las empresas y Administraciones".

Por tanto, como afirma el Tribunal Constitucional, "más allá del perjuicio sobre el trabajador, el efecto disuasorio se proyecta sobre la organización sindical, en detrimento de la función de representación y defensa de los trabajadores que la Constitución encomienda a los sindicatos". De ahí que la FSP-UGT de Madrid considere que socavar la garantía de indemnidad de un delegado o liberado sindical "es una acción contra el propio sindicato que será combatida".

Finalmente, insiste en que el consejero de Sanidad, Juan José Güemes, "debe hacer sus deberes de estudio y leer las últimas sentencias del Tribunal Constitucional, para corregir su ignorancia sobre la acción fundamental de los sindicatos y sus delegados y delegadas sindicales".

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