No obstante, USO exigirá en el próximo encuentro el pago de aquellas deudas que según los trabajadores quedan excluidas de la indemnización para no tener que recurrir a "otro pleito", así como una indemnización de 33 días por cada año de servicio. En el caso de alcanzar un acuerdo, éste se enviaría al Juzgado de lo Mercantil.
USO presentará demandas individuales --en nombre de cada uno de los trabajadores-- en el Juzgado de lo Social por falta de actividad e incumplimiento contractual, a través de las cuales el sindicato exige una compensación de 45 días por año trabajado. Según fuentes jurídicas cercanas al caso, los trabajadores intentan así "forzar judicialmente" a la aerolínea para la resolución de los contratos, que todavía siguen vigentes, pese a la suspensión de operaciones. Actualmente, los empleados no cobran ni su sueldo ni el paro y no pueden incorporarse a otro puesto de trabajo, al carecer de la carta de despido.
Asimismo, el secretario confederal de Acción Sindical de USO indicó que la Inspección de Trabajo ha admitido a trámite la denuncia del sindicato por presunta "infracotización" a la Seguridad Social. El sindicato decidió presentar una demanda ante la Inspección de Trabajo, teniendo en cuenta el perjuicio que se ocasiona a los trabajadores de Air Madrid por el cese de actividad y el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) presentado por la dirección de la empresa.
Según Vía, "este fraude --la presunta infracotización-- deja desprotegida a la plantilla, pues en caso de que la compañía no fuese sancionada los trabajadores se verían seriamente perjudicados en su derecho al desempleo y a la jubilación". "Hay que tener en cuenta que el salario base de algunos trabajadores era de 500 euros y en complementos cobraban el doble", agregó Vía.
En paralelo, los trabajadores forman parte de los acreedores de Air Madrid dentro del proceso concursal que se tramita en el Juzgado de lo Mercantil número 5. Estos tienen de plazo hasta el próximo martes para presentar sus créditos con la compañía a los administradores concursales. En caso de liquidación, los empleados tendrían un trato preferencial ya que su deuda se contabiliza dentro del crédito privilegiado.