Así consta en la resolución emitida el pasado 22 de diciembre donde la Comisión responde a todas y cada una de las
reclamaciones presentadas por las distintas candidaturas que acusaban a la candidata que más votos obtuvo,
Sonia Gumpert, de
haber cometido una serie de irregularidades.
En su dictamen, la Comisión Electoral considera que "ninguna de las
irregularidades detectadas" les permite afirmar "que el resultado electoral hubiera sido
diferente" y asegura que no le corresponde valorar los efectos sobre "la mayor o mejor
legitimidad" de la candidatura ganadora".
En concreto, la Comisión considera que se han producido una serie de
hechos "irregulares" como la "no revelación de un pacto de coalición previamente a la proclamación de las candidaturas, sin perjuicio de que no afecte a la elegilibilidad de los candidatos que lo suscribieron o a la totalidad de la candidatura".
También reconoce la "inclusión en el colegio electoral de
colaboradores o
voluntarios sin informar previamente a la Comisión Electoral sobre su identidad y funciones" así como la utilización "sistemática y organizada de los datos personales de votación para proceder al cotejo con ficheros de datos de supuestos simpatizantes que tenían un voto presuntamente comprometido". En la misma dirección, la Comisión admite que se realizaron
llamadas telefónicas a los colegiados "de forma sistemática y organizada que habían de alguna forma comprometido su voto con anterioridad".
En este sentido, la Comisión continúa explicando que su trabajo es determinar "conforme a un juicio de
relevancia y proporcionalidad" si las irregularidades detectadas pudieron tener "una relación de causa y efecto sobre el resultado de las elecciones" además de que si la ausencia de dichas irregularidades "hubiera podido ser diferente". Su conclusión es que no y, de hecho, añade que si es posible afirmar que la jornada electoral se llevó a cabo en parte de forma "indecorosa", nada autoriza a la Comisión "a introducir criterios subjetivos de esta naturaleza para invalidar unas elecciones válidamente celebradas".
En este contexto, la Comisión advierte que "nadie pone en cuestión la validez de los votos emitidos en la jornada electoral" y que, en este sentido, este órgano "respeta el fundamento democrático inherente al funcionamiento del ICAM". Así, insiste en que ha considerado hasta qué punto las circunstancias reconocidas han podido afectar al resultado electoral y concluye que no es el caso.
En cuanto al pacto que la candidatura de
Sonia Gumpert con la Asociación de Letrados Por un Turno de Oficio Digno (ALTODO), ha valorado que incluso si detrajeran el voto comprometido de los electores miembros de la asociación firmante, "el resultado electoral no habría quedado afectado".
Respecto a las demás irregularidades producidas durante la
jornada electoral, tampoco aprecia que las mismas "tengan la capacidad para alterar el resultado". "No puede la
Comisión Electoral presumir que las irregularidades detectadas tuvieran un reflejo en el nivel de participación en las elecciones", dice.
Por todo ello, resuelve desestimar todas las reclamaciones de las candidaturas y de conformidad con el artículo 32.3 de los Estatutos, proclama los resultados electorales producidos el pasado 18 de diciembre, donde
Sonia Gumpert ha recibido
6.426 votos, muy por delante del segundo candidato con mayor número de apoyos,
Antonio Hernández-Gil, que obtuvo 3.293, y
Francisco Javier Cremades, que se hizo con 2.769 votos.