La acusación popular recurrirá la resolución
La Audiencia absuelve a los miembros de Bastión del delito de asociación ilícita


Madrid. MDO
La Audiencia de Madrid absolvió a los once presuntos miembros del grupo "Bastión 1903" del delito de asociación ilícita e impuso una pena de un año y ocho meses de prisión a ocho -entre ellos Ricardo Guerra, condenado por la muerte del seguidor de la Real Sociedad Aitor Zabaleta-, por desórdenes públicos. La sentencia, hecha pública el 30 de septiembre , condena también a dos de los ocho miembros a otra pena por un delito de resistencia a la autoridad (ocho meses de prisión) y a uno de ellos le impone además un mes de multa con una cuota diaria de seis euros por una falta de lesiones. La acusación popular ya ha anunciado, según el presidente del Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, que recurrirá esta resolución.

Pantalla donde los medios de comunicación siguieron el juicio a Bastión/Foto:EfeEl pasado 20 de septiembre comenzó en la Audiencia Provincial de Madrid el juicio a 'Bastión 1903', la presunta organización neonazi y subgrupo de seguidores radicales del Atlético de Madrid 'Frente Atlético". La asociación estaba acusada de promover desórdenes públicos en relación con los hechos que rodearon la muerte del hincha de la Real Sociedad Aitor Zabaleta ocurrida el 8 de diciembre de 1998, por la que fue condenado Ricardo Guerra, entre los procesados. Guerra y otros dos acusaron manifestaron en la primera sesión del juicio que Bastión 1903 "sólo es una pancarta, no una peña, sección o grupo que organizara actividades fuera del campo de fútbol". Los acusados declararon que "nunca" mantuvieron ningún contacto ni relación con grupos neonazis y que no saben qué es Bastión 1903, a excepción de "una pancarta".

El fiscal pedía tres años de prisión por desórdenes públicos para Guerra y otros ocho procesados, mientras que para dos más solicitó cuatro años por estar también acusados de un delito de resistencia a la autoridad. Tanto la acusación particular como la popular, ejercida ésta última por la asociación Movimiento contra la Intolerancia, reclamaron, además de las penas solicitadas por el fiscal, tres años de cárcel más para todos los acusados al considerar que han cometido un delito de asociación ilícita. Por su parte, la defensa de los once jóvenes pidió la libre absolución de sus patrocinados.

Los acusados se defendieron también diciendo que la imagen de la doble hacha aparecía en la pancarta porque era "bonita". Así contestó el supuesto líder de Bastión 1903, Miguel Ángel M. B. ,'El Tocho', que respondió además que 'Bastión 1903' no era una organización, sino "una pancarta para la defensa a ultranza del Atlético de Madrid". Asimismo, 'El Tocho' subrayó que "nunca" ha llevado símbolos que no sean del equipo madrileño y que "jamás" ha llevado cruces gamadas. Por otro lado, un testigo protegido del juicio aseguró que Bastión 1903 se conformó como grupo para hacer "más radical" el Frente Atlético, que era "bastante flojo", y explicó que la citada sección era "el resurgir" del grupo neonazi TNT.

Además, los ocho seguidores de la Real Sociedad aseguraron que el grupo que les atacó el día que fue asesinado Aitor Zabaleta estaba "organizado" y que su intención era "matarlos". Varios de los testigos aseguraron que el grupo que les atacó el día que fue asesinado Aitor Zabaleta se organizó telefónicamente. Por su parte, el fiscal rebajó de tres años a un año y nueve meses su petición de pena para los once presuntos miembros del grupo "Bastión 1.903", acusados de un delito de desórdenes públicos y resistencia a la autoridad, por los hechos que rodearon la muerte del hincha de la Real Sociedad Aitor Zabaleta el 8 de diciembre de 1998. En la sesión del martes, el fiscal no ha incluido el delito de asociación ilícita al considerar que "no hay un apoyo legal ni jurisdiccional en relación con este delito".

La sentencia
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid absolvió a tres de los procesados de los delitos de los que habían sido acusados ya que consideró que no ha quedado acreditado su participación en los hechos. La resolución considera probado que el 24 de noviembre de 1998, con motivo del partido de eliminatoria de Copa del Rey entre el Atlético de Madrid y la Real Sociedad, un grupo de aficionados del equipo rojiblanco se dirigió "con gran violencia" hacia varios seguidores del conjunto donostiarra. Pero además dos de ellos forcejearon con los agentes cuando les iban a detener, por lo que han sido condenados por un delito de resistencia a la autoridad.

La Audiencia estima que no ha quedado acreditado que los once acusados de pertenecer a "Bastión 1903" integraran "un grupo con una mínima organización cuya finalidad fuera la de los hechos delictivos" y considera que "muchos de ellos no tenían relación entre sí más allá de verse en determinados partidos de fútbol". Reconoce no obstante que uno de los acusados, Miguel Angel M., encargó confeccionar una pancarta con el lema "Bastión 1903", además de con un escudo del Atlético de Madrid y con un hacha de doble hoja, y que detrás de dicho cartel "se colocaban diferentes personas". Sin embargo, entiende que el hecho de que dicha pancarta "sirviera para aglutinar en una misma ubicación en el campo de fútbol a una serie de personas, no quiere decir que todas ellas estuvieran concertadas y tuvieran organización, por mínima que fuera, para llevar a cabo actividades delictivas".

Tampoco está acreditado que los acusados, realizasen, como grupo, otras actividades ilícitas, como incendios o daños. El tribunal sostiene que no puede afirmarse que la mayor parte de los acusados tuviera una ideología de extrema derecha, ni que el hacha de doble hoja ilustrada en la pancarta de "Bastión 1903" lo confirmara pues, a su juicio, ese símbolo, "no puede decirse generalmente que se identifique con esa ideología". Lo determinante para que procedieran de esa forma no era la procedencia ni del club, ni de las personas a las que se dirigieron (algunas de ellas no eran ni procedían del País Vasco), sino del hecho de ser hinchas de un equipo con el que se iba a enfrentar aquel al que ellos dicen seguir".

Para el tribunal, los grupos que utilizan la violencia cada vez "con mayor frecuencia" con motivo de los partidos de fútbol no se pueden "enmarcar" en las ideologías de extrema derecha, "puesto que actúan en esas ocasiones con independencia de la raza o procedencia de aquellos contra los que dirigen sus actos". La acusación popular ya ha anunciado, según el presidente del Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, que recurrirá esta resolución. Ibarra calificó la sentencia de "benévola y alejada de la realidad de los hechos" y criticó que el fiscal no considerara el delito de asociación ilícita, lo que, en su opinión, "va a tener repercusión en los grupos de ultraderecha violentos".

La familia Zabaleta, decepcionada
Javier Zabaleta, padre del seguidor de la Real Sociedad asesinado en Madrid en 1998, Aitor Zabaleta, aseguró sentirse "absolutamente decepcionado, triste y avergonzado por la inutilidad de la justicia en este país" que ha absuelto a los integrantes del grupo "Bastión" del delito de asociación ilícita. "Sólo hemos pedido justicia, por el camino más recto y bueno posible. Nunca venganza ni discriminación, sino que estos grupos sean erradicados de una vez por todas de los estadios y de los actos públicos". Javier Zabaleta, quien anunció que recurrirán la sentencia, ya que su vida "sólo existe" para conseguir "justicia", consideró que el fallo judicial es "nefasto" para los intereses de España.