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Madrid. MDO
El Tribunal Supremo confirmó en julio la condena
de 75 años de cárcel impuesta por la Audiencia de Madrid al
moldavo Pietro Arcan por el asesinato en 2001 del abogado Arturo
Castillo durante el robo a su chalé en Pozuelo de Alarcón. Así
lo acordó la Sala de lo Penal del Alto Tribunal en una
sentencia en la que se rechazaron los recursos presentados por
la defensa de Arcan, por los también condenados por un delito
de cooperación para el robo, Julio Rodríguez y Manuel España,
y de la acusación particular, que pedía un agravamiento de las
condenas.
Los
hechos declarados y probados se remontan a la madrugada del
20 de junio de 2001, cuando Arcan se introdujo en la casa tras
forzar una puerta y se dirigió al dormitorio del matrimonio,
que dormía en ese momento. Una vez allí, el moldavo disparó
contra el abogado al ver que se había despertado y, a continuación,
contra su esposa, quien quedó semiinconsciente en la cama. Mientras
Arcan agredía al abogado le dirigía frases como 'hijo de puta,
muérete, métete esto'", según se afirmaba en la sentencia de
la Audiencia madrileña que ahora confirma en todos sus extremos
el Tribunal Supremo, y que recuerda que el moldavo dio por muerta
a la mujer al ver que permanecía inmóvil. A continuación, el
agresor se dirigió a la habitación de una de las hijas del matrimonio
y le efectuó un corte en el cuello y golpeó a su hermana. El
moldavo abandonó la vivienda, donde sustrajo joyas y dinero,
aunque pudo ser detenido a las 6.45 horas, momento en el que
portaba, entre otros efectos, un colgante con dos medallas con
el nombre de una de las hijas del letrado.
El Supremo rechazó las alegaciones del
recurso de Arcan y sostuvo que, según los informes médicos,
éste no padece ningún tipo de transtorno mental aunque se trata
de un sujeto "irresponsable" y goza "de la impunidad psicológica
de quien actúa sin ningún tipo de remordimiento". "Resulta estremecedor
el retrato de la personalidad" de Arcan que se deriva de estos
informes médicos, indicaba el alto tribunal, que considera clara
la extrema peligrosidad posdelictual del mismo". El Tribunal
Supremo concluía que Arcan fue "libre para conocer y
decidir lo que hizo, por lo que también debe ser considerado
libre para asumir las consecuencias jurídico penales de su actuación".
Respecto a los otros dos condenados, la sentencia
recordó que fueron quienes llevaron a las cercanías del
chalé de Pozuelo a Arcan y que se marcharon del lugar, y recordó
también que la Audiencia delimitó la cooperación necesaria
"sólo y exclusivamente en relación al robo con intimidación
en concurso con el delito de allanamiento de morada" y no respecto
a "los otros gravísimos delitos" cometidos por aquel. El Tribunal
Supremo también rechazó el recurso presentado por la
acusación particular y negó que pudiera aplicarse a Arcan
el agravante de ensañamiento en el caso de la muerte del abogado.
En este sentido, la sentencia consideró que las frases
que pronunció Arcan mientras apuñalaba a Arturo Castillo "refuerzan
claramente que la intención fue de matar, y sólo matar, a su
víctima".
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