Prisión preventiva para José David Fuertes a la espera de un nuevo juicio
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ordena repetir el juicio del caso Costa Polvoranca


El juicio del caso Costa Polvoranca va a repetirse/foto:EfeMadrid, febrero 2005. MDO
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló el 16 de febrero la sentencia de la Audiencia madrileña que absolvió, tras un veredicto de no culpabilidad, a José David Fuertes Sánchez del asesinato en 2002 del angoleño de 16 años Ndombele Augusto Domingos en el polígono Costa Polvoranca de Alcorcón y ordenó repetirlo con otros jurado y magistrado-presidente. Así lo acordó en una sentencia el TSJM que, además, dictó un auto en el que ordenó detener inmediatamente a Fuertes para que estuviera presente en una vista en la que las acusaciones solicitarían su ingreso en prisión. No compareció, por lo que el tribunal decretó su busca y captura. Finalmente, Fuertes Sánchez se entregó el 7 de abril al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y desde entonces permanece en prisión preventiva.

El 16 de febrero el TSJM recordó que el jurado declaró probado que sobre las cinco y cuarto de la madrugada del 20 de julio de 2002 en las inmediaciones del pub "Inn" se inició una discusión entre Pablo G.S., que se encontraba acompañado por María del Mar C.G., y un grupo de jóvenes, entre los que estaba Ndombele Augusto Domingos y Jesús María V.M., que finalizó cuando Pablo abandonó el lugar y se introdujo en el pub. Sin embargo, el jurado no estimó que quedara probado que, momentos más tarde, Pablo volviera al lugar de los hechos acompañado de varias personas, entre las que estaría el acusado, José David Fuertes, que trabajaba como vigilante de seguridad del local, y quien con una navaja y sin mediar palabra habría asestado a Ndombele Augusto Domingos dos puñaladas. Para el jurado no quedó acreditado que José David Fuertes asestara dos cuchilladas a Ndombele Augusto Domingos, una de las cuales le atravesó el corazón causándole la muerte.

El TSJM fundamentó que la sentencia de la Audiencia realizó una interpretación simplificadora sobre la competencia del magistrado-presidente del Tribunal del Jurado, al decir que su "función, en caso de declaración de inculpabilidad, se limitaba a transcribir en su sentencia el veredicto emitido, al carecer de toda capacidad decisoria fuera de la inexcusable puesta en libertad del acusado absuelto". Para el TSJM esta fundamentación no se ajustaba al ordenamiento y exigía matizaciones obligadas, "ya que la Ley del Jurado establece la potestad de devolución en los supuestos fáctico-jurídicos establecidos por la misma". Además, el TSJM argumentó que en primer término sorprendía la redacción que el jurado dio y que recogió la sentencia. Recordó que el jurado se basó textualmente en la "ausencia de consecución temporal de los hechos declarados probados por los testigos de las distintas partes, que impide establecer la secuencia de las diferentes agresiones reseñadas en cada testimonio".

El jurado añadió que "el testimonio de Jesús María V.M. contrastado con el resto de testigos no era coincidente en el número de agresiones, el tiempo en que se realizan y la situación que se producen". A juicio del TSJM "el lenguaje que se utiliza por el jurado es confuso, incorrecto y falto de claridad y precisión no sólo desde una perspectiva jurídica, sino también gramatical" y "ni el veredicto ni la sentencia tienen una redacción que se ajuste al idioma español cuando hace referencia a la ausencia de 'consecución' temporal de los hechos probados". Añadió que la "perplejidad es todavía superior" cuando el jurado se refirió textualmente a "los hechos declarados probados por los testigos de las distintas partes", ya que los testigos nunca tuvieron como función declarar los hechos probados, como recordó el TSJM.

Aguirre recibió a los padres de Ndombele Augusto Domingos/foto:MDOPara el TSJM, el veredicto y la sentencia prescindieron sin motivación ni justificación de la prueba del testigo ocular, Jesús María V.M., "con base en simples manifestaciones de quienes no estuvieron presentes". El TSJM reprodujo la declaración de Jesús María V.M., "único testigo que estuvo en el lugar de los hechos" y que los "presenció en su integridad y totalidad, que resulta completa y exhaustiva y que se inicia con el reconocimiento expreso de que vio cómo mataban a la víctima". A su vez, el Tribunal explicó que "la motivación jurídica de las resoluciones judiciales constituye una exigencia constitucional imperativa" para "jueces y tribunales profesionales o tribunales del jurado legos en Derecho". En este sentido, "se ha conculcado por el tribunal del jurado el derecho a la motivación al no explicitar ni expresar en qué concretas pruebas basa su decisión".

Prisión preventiva
Una vez anulada la sentencia de la Audiencia madrileña el TSJM también dictó un auto en el que ordenó detener a Fuertes para que estuviera presente en una vista en la que las acusaciones solicitarían su ingreso en prisión. Sin embargo, no compareció, por lo que el tribunal decretó su busca y captura. Finalmente, Fuertes Sánchez se entregó el 7 de abril al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y desde entonces permanece en prisión preventiva. Las razones esgrimidas por los magistrados para decretar esta prisión fueron la gravedad del delito cometido, la alarma social generada por la huida de Fuertes y la posibilidad de que se sustragera de nuevo a la acción de la justicia, puesto que ya lo hizo una vez, según informaron fuentes jurídicas. A la llegada al TSJM, procedente de la prisión madrileña de Soto del Real, el acusado aseguró que era inocente, que no tenía "nada que temer", y con la cara tapada por un jersey deportivo, Fuertes gritó a los periodistas: "esto es una injusticia". Posteriormente, el 20 de abril el Ministerio Fiscal solicitó una pena de seis años de prisión para José David Fuertes Sánchez.

Paulina Kikawanakio, madre del joven angoleño asesinado, mostró su gran alegría por la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). En este sentido, declaró que "parece que falta poco para terminar todo el sueño éste". En el mismo sentido de satisfacción se mostró Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia, que ejerce la acusación popular en esta causa, y que agradeció la "sensibilidad, la prontitud y la diligencia del TSJM".