Madrid. MDO
En el mes de agosto el Ayuntamiento anunciaba el endurecimiento
en el control de la concesión de licencias para la construcción
de apartamentos turísticos, pero no era suficiente. Para frenar
el fraude que se producía con este tipo de pisos, que
se vendían como residencias habituales, el Consistorio
aprobó en diciembre una modificación del Plan General
de Ordenación Urbana que sólo permitirá la implantación
del uso de hospedaje en suelo industrial cuando se trate de
hoteles.
El desarrollo masivo de esta modalidad
de viviendas en suelos no residenciales, además de reducir
"drásticamente" el suelo industrial de la ciudad, se estaba
produciendo en desarrollos residenciales encubiertos donde
"el Ayuntamiento no está obligado a desarrollar determinados
servicios dotacionales como colegios, escuelas infantiles
o centros de salud", explicó el alcalde, Alberto Ruiz
Gallardón. El fraude de los apartamentos turísticos traía
de cabeza al Ayuntamiento, que ya en agosto se planteó
que las licencias urbanísticas para la construcción de este
tipo de alojamientos turísticos debían describir de
forma clara su uso y categoría. Unas especificaciones que
tenían que ser inscritas en el Registro de la Propiedad donde
además había que incluir una cláusula en la que se dejara
constancia de que el otorgamiento de la licencia quedaba condicionado
al mantenimiento del uso terciario, con la prohibición expresa
de llevar a cabo la división horizontal del edificio.
Además, la licencia de actividad sólo
podía ser solicitada por una única empresa que tenía que estar
inscrita en el Registro general de empresas y entidades turísticas.
El siguiente paso se dio en diciembre
cuando se prohibió la construcción de apartamentos
turísticos en suelo industrial. El Ayuntamiento aprobó
el proyecto de modificación puntual del Plan General que sólo
permitirá la implantación del uso de hospedaje en suelo
industrial cuando se trate de hoteles dentro de estas parcelas.
El Consistorio recordó que "el concepto de apartamento
turístico está destinado al fomento del turismo y, por tanto,
el suelo industrial no es el que se ajusta a esta tipología
de hospedaje". Esta medida afectará a los artículos
relativos a la implantación de modalidades de alojamiento
temporal diferentes de hotel (apartamentos turísticos, hoteles-apartamentos,
pensiones, hostales, casas de huéspedes o similares) en parcelas
de uso calificado industrial o industrial en coexistencia
con terciario de oficinas y que no contemplan el uso alternativo
residencial.
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